e-Justicia
Sistematización del Poder Judicial
REGISTRO DE ASISTENCIA – LIBRES BAJO CAUCIÓN

Todos los inculpados registrados en el Sistema de Gestión Penal, en una etapa de su proceso judicial, pueden recibir el beneficio de la libertad caucional. Al ser registrados con este beneficio, automáticamente es alimentada la base de datos de control de asistencia, para que el inculpado acuda a las instalaciones de los Juzgados a llevar a cabo el registro de asistencia.
También es importante comentar que cuando exista una Notificación hacia la persona que firma, se inhabilita su firma, para que, avisándole por medio de un mensaje, acuda primero al juzgado a desahogar su pendiente y después de ello se registre su asistencia en el periodo que le corresponde.
Figura 1. Registro de huella digital
Los inculpados con el beneficio de Libertad bajo caución, son registrados en el sistema, con un dispositivo que almacena la imagen de sus huellas dactilares.


Figura 2. Registro del periodo de asistencia.
Los inculpados deberán estar relacionados a un periodo de firma, éste puede ser cada semana (7 días), cada dos semanas (14 días) o cada cuatro semanas (28 días). Con esta información se toma en cuenta las fechas exactas en que deberá de presentarse la persona ante el módulo de registro por huella digital, o en su caso, generar el alertamiento al Secretario de Acuerdos del Juzgado, donde se notifica la falta de asistencia del inculpado.

Figura 3. Registro de Asistencia.
Al presentarse ante el módulo de registro, el usuario solo deberá de colocar su huella digital, ya aparecerá su nombre, periodo que debe de cumplir ya la Fotografía para si validación. En el mismo proceso, es impreso un comprobante de esa asistencia, los cuales dan certeza de que se registró correctamente.
