Inicia con la Denuncia o Querella ante el ministerio público, dando a conocer algún hecho considerado por la ley como delito.
El ministerio público investiga el hecho y recaba datos de prueba para, en su caso, solicitar al juez de control que inicie un proceso penal.
En Audiencia pública, el MP o fiscal, como también se le conoce, señala al probable responsable como participe del hecho investigado, y solicita ahí mismo o en plazo ampliado, su vinculación a proceso
El procesado y la victima tienen derecho a intervenir a traves de su defensor y asesor, respectivamente.
En caso de vinculación a proceso, y depues de que las partes discuten sobre ello, el juez puede imponer al procesado, de manera provisional, alguna medida cautelar como prision preventiva, obligación de presentarse ante la autoridad, entrega de garantia economica, entre otras.
Transcurrido el plazo de Investigación complementaria fijado por el juez de control, el fiscal puede formular acusación y ofrecer sus pruebas. Por su parte, el defensor presenta las pruebas que favorescan al procesado.
Lo anterior da lugar a la audiencia intermedia, en la que el juez admite o rechaza las pruebas de ambas partes, dejando listo el proceso para la etapa de juicio.
El juicio se celebra en audiencia pública ante un tribunal de enjuiciamiento y en su presencia declaran testigos, peritos y se desahogan todas las pruebas.
Las partes debaten y finalmente el tribunal de enjuiciamiento dicta sentencia, la cual es explicada oralmente por el propio tribunal.