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TRIBUNAL ELECTRÓNICO ___________________________________________________________ |
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NOTIFICACIÓN PERSONAL ELECTRÓNICA
La Notificación Personal Electrónica, es un servicio más que presta el Poder Judicial del Estado, en lo que hemos denominado; TRIBUNAL ELECTRÓNICO, para dar agilidad a las Notificaciones Personales que se requieren realizar de una forma rápida, segura y cumpliendo con lo establecido en el código de Procedimientos Civiles. (Artículo 68 bis) De esta forma el Poder Judicial del Estado en la búsqueda constante de la mejora de sus procesos tanto administrativos como jurisdiccionales pone a su disposición este avance tecnológico, el cual es a solicitud del abogado interesado y se realiza en forma gratuita. Para poder entender más a detalle sobre este servicio se toman en cuenta las siguientes premisas. · Es un servicio opcional. · Es un servicio gratuito. · La Notificación Personal Electrónica se autoriza por Expediente, así que no es obligatorio que en todos sus Expedientes cuenten con este servicio. · Se puede realizar la cancelación de este servicio en cualquier momento que lo desee. · Para poder contar con el firmado digital necesario para la NPE se les entregará un Token criptográfico el cual no tendrá ningún costo, en las Entidades Certificadoras (Of. de Partes de Cd. Victoria, Altamira y Cd. Mante y en las Ctrales de Actuarios de Nvo. Laredo, Reynosa y Matamoros)
El Supremo Tribunal de Justicia invita a todos los abogados litigantes a que formen parte de este proyecto, el cual busca darle agilidad al proceso de Notificación Personal.
A continuación se describirá paso a paso el proceso de la Notificación Personal Electrónica.
SOLICITUD DEL SERVICIO
Para contar con el servicio de la Notificación Personal Electrónica, es necesario seguir los siguientes pasos: (Si ya cuenta con el REGISTRO en el servicio del Expediente Electrónico ir a paso 2)
En la página principal, seleccione el apartado de Acuerdos.
Posteriormente seleccione la liga REGISTRO DE NUEVOS USUARIOS.
Al seleccionar este apartado, aparecerá un formulario en donde se capturarán los datos del solicitante.
Al finalizar la captura de este formulario oprima el botón de REGISTRAR. Al realizar el registro recibirá un correo electrónico con su acuse del registro como se muestra en la siguiente imagen.
En este correo se mostrarán los datos del registro, incluyendo el correo registrado que será la cuenta de usuario y la contraseña que proporciono en el formulario de registro. Ahora de un click a la liga de color rojo, la cual le presentará un mensaje en donde le informa que el registro ha sido terminado satisfactoriamente.
Para acudir a la autenticación de los datos en Oficialía de Partes, es necesario imprimir el comprobante. El cual aparecerá al dar un click en la liga de color azul. En este comprobante se muestran todos los datos registrados, y es necesario imprimirlo y llevarlo a la Oficialía de partes para su Autenticación. También es necesario revisar la documentación adicional que se requiere presentar misma que se describe en la parte inferior del comprobante.
NOTA IMPORTANTE: Para los abogados que ya cuentan con una cuenta para acceso al Expediente Electrónico solo es necesario imprimir el comprobante y presentar una copia de su CURP. El comprobante lo podrán encontrar en su sesión de usuario, en la opción de EXPEDIENTES AUTORIZADOS en la parte superior de su pantalla.
En esta opción es recomendable de revisar los datos que aparecen en pantalla ya que podemos realizar alguna corrección que se requiera. Por otra parte es necesario actualizar el campo de ESCOLARIDAD para cuestiones estadísticas del propio servicio Al finalizar imprima el comprobante.
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Una vez que ya realizó el proceso de registro para nuevos usuarios o si ya contaba con una cuenta para el Expediente Electrónico debe de presentarse ante Oficialía de Partes Común con la siguiente documentación.
En Oficialía Común de Partes (ó Ctral de Actuarios en Distritos del norte) realizarán el proceso de Generación de Certificados Digitales, la cual requiere de una contraseña ya previamente definida por parte del usuario solicitante. (Ésta debe puede ser una clave alfanumérica con mínimo 4, máximo 8 caracteres) El titular de Oficialía de Partes / Ctral Acturarios entregará el Token Criptográfico al abogado solicitante y será necesario firmar de recibido dicho dispositivo, apegándose al reglamento de uso y cuidado que vendrá en dicho documento.
Una vez que ya cuente con su registro y le fue entregado su Token criptográfico, podrá acudir al Juzgado y presentar una promoción solicitando el servicio de Notificación Personal Electrónica en cada Expediente que así lo desee. Este servicio estará habilitado hasta que concluya el expediente o que usted presente una promoción solicitando la cancelación de dicho servicio.
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